Condenan a 3 carabineros (r) como encubridores de homicidio calificado en 1973
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Temuco, Álvaro Mesa Latorre, condenó a los Carabineros en retiro Juan Alfonso Prado Ponce, Guillermo Fabio Muñoz Rohde y Luis Arnoldo Bercerra Jaramillo, a la pena de 5 años de presidio como encubridores del delito de homicidio calificado de Guillermo Hernández Elgueta, perpetrado en la comuna de Toltén, en octubre de 1973.
Atendida la extensión de las penas impuestas, el ministro instructor les concedió a los condenados el beneficio de Libertad Vigilada Intensiva.
El ministro Mesa sobreseyó definitivamente a Manuel Jesús Verdugo Reyes de la acusación formulada en su contra –en el mismo delito- atendido su estado de salud.
Los hechos
Durante la investigación, el ministro Álvaro Mesa pudo establecer:
A.- Que luego del 11 de septiembre de 1973, producto de una orden emanada en todo el país para las instituciones armadas y de orden, la Tenencia de Carabineros de Toltén aumentó su dotación, ya que se recogieron las unidades inferiores, debiendo los uniformados pernoctar en la unidad, pues la orden los obligaba a permanecer en estado de acuartelamiento o grado 1. A raíz de lo expuesto, hubo una reestructuración en el mando de la Tenencia citada, quedando como jefe de ella el Sargento 1° Manuel Jesús Verdugo Reyes, quien hasta esa fecha se desempeñaba como jefe del Retén de la localidad de Queule.
B.- Que en el mes de octubre de 1973, Guillermo Hernández Elgueta, 30 años, Subdelegado de Cunco, fue detenido en la localidad de Comuy por funcionarios de la Tenencia de Toltén, a raíz de una orden emanada de la superioridad, siendo trasladado hasta la unidad policial de Toltén.
C.- Que siguiendo la línea descrita en el párrafo anterior, durante la noche, mientras Guillermo Hernández Elgueta se encontraba detenido en la Tenencia de Carabineros de Toltén, fue herido a bala en la región torácica, por el Sargento 1° Haroldo Hernández (Q.E.P.D.), sin motivo alguno. En ese momento, dentro de la Tenencia, pernoctaban los funcionarios policiales dependientes de ella, incluso aquellos agregados desde unidades inferiores a raíz de la orden descrita en el primer párrafo. Al escuchar el disparo, algunos de los uniformados se levantaron, entre ellos Juan Alfonso Prado Ponce y Luis Arnoldo Becerra Jaramillo, que participó en la aprehensión de Guillermo Hernández, pudiendo apreciar el cuerpo de éste tendido en el suelo y con rastros de sangre a su alrededor.
D.- Que luego de ocurrido este hecho, la superioridad de la Tenencia se percató del estado de Hernández Elgueta, siendo trasladado hasta el hospital de Toltén en una camioneta conducida por el carabinero Juan Alfonso Prado Ponce e ingresado de inmediato a la morgue, por su condición de fallecido. En aquel lugar, obligaron al director, Aurelio Soto Donoso, de profesión médico general, efectuar la autopsia al cuerpo de Hernández Elgueta, percatándose que éste presentaba alrededor de cinco heridas a balas por la espalda, logrando extraer los plomos de cada una de ellas, para luego ser entregados a los carabineros que concurrieron a retirar el cuerpo desde ese lugar.
E.- Que posteriormente un funcionario policial concurrió donde el entonces alcalde de Toltén, Ernesto Lobos Virano, para ordenarle que se hiciera cargo del cuerpo de Hernández Elgueta, sin entregarle detalles de su identidad ni las circunstancias de su muerte. Acatando la orden del uniformado, el alcalde encargó la confección del ataúd a dos funcionarios municipales – Jorge René Cortés Cruces y José Belisario Valdebenito Bravo - quienes posteriormente, con ayuda de Luis Arnoldo Becerra Jaramillo y Guillermo Fabio Muñoz Rohde, funcionarios de la Tenencia de Toltén, depositaron el cuerpo de Hernández Elgueta en él y lo condujeron hasta el cementerio de la comuna, lugar donde fue sepultado sin ningún nombre. A la inhumación concurrieron al menos siete uniformados de la Tenencia, entre los que se encontraban el Sargento 1° Haroldo Hernández (Q.E.P.D.), Luis Arnoldo Becerra Jaramillo y Guillermo Fabio Muñoz Rohde, siendo trasladados hasta ese lugar en un microbús conducido por Reynaldo Levillán Isla, que pertenecía a la Municipalidad de Toltén y que luego del 11 de septiembre de 1973 era estacionado diariamente al interior de la mencionada Tenencia.
F.- Que según certificado médico de defunción y su posterior inscripción, el deceso de Guillermo Hernández Elgueta se habría producido por heridas a bala” puntualiza la sentencia.
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