Corte de Apelaciones de Temuco confirma absolución de Domingo Cofré por el homicidio de joven estadounidense
La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó hoy –miércoles 9 de marzo– el recurso de nulidad interpuesto por el Ministerio Público en contra de la sentencia que absolvió a Domingo Cofré Ferrada por el homicidio calificado de la psicóloga estadounidense Erica Hagan y el incendio del departamento que habitaba la víctima, perpetrado la madrugada del 5 de septiembre del 2014, al interior del Colegio Bautista de la capital regional.
En fallo dividido, la primera sala, integrada por los ministros Luis Troncoso Lagos, Julio César Grandón Castro y la fiscal Judicial Tatiana Román Beltramín– rechazó la acción judicial y confirmó la resolución dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco, el 23 de diciembre pasado.
El fallo de primera instancia dio por acreditado que “la madrugada del 5 de septiembre de 2014, la joven norteamericana Erica Faith Hagan (de 22 años), falleció al interior del Colegio Bautista de Temuco, producto de la acción brutal de terceras personas, en circunstancias extrañas. Asimismo, se acreditó que a fin de eliminar evidencias se produjo un foco de incendio en el sitio del suceso, el que por razones ignoradas no se propagó mayormente. Sin embargo, estos sentenciadores se hacen el deber de señalar que pese a los esfuerzos destinados a buscar la verdad de lo sucedido, de parte del órgano estatal de persecución penal, en cuanto a la participación criminal se refiere, ello ha resultado absolutamente insuficiente e inocuo”.
Criterio que ratificó el tribunal de alzada, “que formó su convicción sobre la base de la prueba producida durante el juicio oral, que en el caso no existe certeza alguna de la participación del acusado (el técnico jurídico Domingo Javier Cofré Ferrada, quien se desempeñaba con rondín del establecimiento donde sucedieron los hechos).... Por estas consideraciones se rechaza el recurso de nulidad deducido por el Ministerio Público, en contra de la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco, la que en consecuencia no es nula. Decisión acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Luis Alberto Troncoso Lagos, quien estuvo por acoger el recurso de nulidad” señala el fallo redactado por la fiscal judicial Tatiana Román.
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