A 20 y 15 años y un día de cárcel sentenciarion a autores de robo con homicidio de ex regidor de Angol
El Tribunal Oral de Angol sentenció a Pablo Muñoz Infante y Manuel San Martin Arriagada a sufrir las penas de 20 y 15 años y un día presidio, respectivamente, por su participación como autores en el robo con homicidio del ex regidor de esa comuna, Luis Strube Paris, ocurrido la madrugada del 24 de mayo de 2014, en la capital de Malleco.
A pesar de que las penas dictadas por el tribunal no eran las que solicitaba para este delito la Fiscalía Local de Angol, su fiscal jefe, César Schibar, se manifestó conforme con la resolución. “Si bien es cierto la Fiscalía estaba solicitando una pena de presidio perpetuo en contra de ambos acusados, en virtud del juego de las atenuantes y agravantes acogidas por el tribunal se determinó 20 años y 15 años y un día para cada uno de los imputados. Igualmente son penas altas y estamos satisfechos por el cuantum de la pena y por la calificación, que fue de robo con homicidio”, indicó.
En el juicio oral la Fiscalía probó que la madrugada del 24 de mayo de 2014 ambos sujetos ingresaron por una ventana al inmueble de la víctima, ubicado en calle Vicente Pérez Rosales N°370, con la intención de robar. Cuando registraban el dormitorio del anciano, de 89 años a la fecha, éste se despertó, por lo que procedieron a reducirlo, amarrándolo de pies y manos con cables del teléfono y corbatas, y a golpearlo en diversas partes de cuerpo con puños y con un elemento contundente en la cabeza.
Mientras su compañero buscaba objetos de valor en la habitación, el condenado Pablo Muñoz Infante –quien recibió la pena más alta- continuó agrediendo a la víctima, le introdujo prendas de vestir en la boca para evitar que gritara y le apretó el cuello.
La autopsia determinó que todas las acciones desplegadas conjuntamente por los acusados ocasionaron la muerte a Luis Strube París, por “síndrome asfíctico por estrangulación manual”, de acuerdo a lo que señaló un perito en el juicio.
El fallo dio por acreditada la concurrencia de las circunstancias agravantes de abuso de la superioridad de fuerza, en consideración a que la víctima tenía 89 años y no se podía defender del ataque de dos personas jóvenes.
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