3 años y un día para primer condenado por Ley Emilia en la Región de La Araucanía
Pese a que el tribunal le concedió beneficios, deberá cumplir un año de la pena en la cárcel, tal como lo establecer la ley.
Una pena de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, impuso el Tribunal Oral de Temuco a Víctor Daniel Opazo Fernández, quien fue condenado por el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con resultado de muerte, en el primer juicio desarrollado en la Araucanía por Ley Emilia.
El 16 de enero de 2015 el joven atropelló y dio muerte a su propio padre mientras conducía un tractor en estado de ebriedad, en la comuna de Carahue.
Pese al beneficio que le concedió el tribunal, por su irreprochable conducta anterior, el fallo establecer que dicha pena sustitutiva empezará a correr cuando cumpla un año de pena efectiva en la cárcel, pues así lo determinó la modificación introducida por la Ley Emilia.
La sentencia condenó además a Daniel Opazo al pago de una multa de 8 UTM y la inhabilidad perpetua para conducir vehículos motorizados. Asimismo, y tal como obliga la nueva ley, se decretó el comiso del vehículo involucrado en el accidente, en este caso un tractor, el cual pasa a beneficio fiscal.
El ilícito tuvo lugar el 16 de enero de 2015, en el camino público del sector Dinamarca de la comuna de Carahue, en momentos en que el condenado transportaba en la parte posterior del tractor, sobre unas tablas afirmadas en los brazos hidráulicos del vehículo, a su padre Víctor Toribio Opazo Ruminot.
El fiscal Luis Torres acreditó en el juicio que la víctima perdió el equilibrio, cayó al suelo y fue atropellado tanto por la rueda trasera como por el coloso del tractor que conducía su hijo, en estado de ebriedad. El 18 de enero murió en el Hospital Regional producto de la gravedad de sus lesiones.
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